Eso va a depender de las normas municipales , en Ibiza se puede por los extremos.
Resultados web<br />
Ordenanza de u...sa.com › Or...
Art 16
Artículo 16. Balizamiento
De acuerdo con lo que dispone el art. 69 del Reglamento de Costas, a los tramos de costa que no
estén balizados como zona de baño se entenderá que esta ocupa una franja de mar continua a la
costa de una anchura de 200 metros lineales a las playas y de 50 metros a los otros tramos de costa.
En estas zonas queda prohibida la navegación, exceptuando los extremos de las playas donde
puedan aproximarse a tierra las embarcaciones a una velocidad inferior a 3 nudos, teniendo que
adoptar las precauciones necesarias para evitar riesgos a la vida humana y navegación marítima.