Ver mensaje
  #8  
Antiguo 13-12-2006, 03:55
Avatar de maite
maite maite esta desconectado
Pirata pata palo
 
Registrado: 27-10-2006
Mensajes: 305
Agradecimientos que ha otorgado: 21
Recibió 51 Agradecimientos en 19 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Excluidos del Sistema Arbitral de Consumo.

Bueno, Natachamar te ha contestado creo correctamente, solo añadir que una cosa es que las aseguradoras digan en sus contratos que no quedan sometidas a los articulos (770, 774) del Codigo de Comercio y otra es que lo puedan hacer en caso en de conflicto.
En cualquier caso antes de llegar a un pleito con la aseguradora como bien han dicho tendremos primero la opcion de presentar la reclamacion al Defensor del Asegurado, que tiene que resolver antes de 6 meses y posteriormente a la Direccion General de Seguros.
Me consta que estas vias son bastante mas rapidas y ademas sin ningun coste para el asegurado, que llevarlas por la Justicia ordinaria.

Editado por maite en 13-12-2006 a las 11:19.
Citar y responder