Pues eso , y los que andan diciendo que somos agoreros lo único que hacen es intoxicar y confundir al personal, vease el cofrade pepota.
Saludos
Cita:
Originalmente publicado por Bob
Puede que estemos mezclando churras
con merinas  
Una cosa es tener la habilitación personal para ejercer una actividad, ya sea sacar una muela. conducir un coche o manejar un barco.
Otra diferente es poder hacerlo profesionalmente, también en estos casos el estado acostumbra a poner condiciones que se suman a las generales. En nuestro caso se suman al título náutico deportivo unas condiciones de certificado médico y unos límites al ejercicio profesional de los titulados deportivos.
Además las administraciones ponen condiciones de control para las actividades económicas, para asegurarse el pago de impuestos y la seguridad de los clientes y empleados. Esto incluye el alta administrativa del bien de equipo que en este caso es un barco que debe cumplir unos trámites especiales, lo mismo que su responsable o patrón.
Esto último se puede realizar de maneras diversas según formalicemos la figura jurídica que posee el barco.
Me parece que la discusión estaba mezclando o confundiendo estos tres niveles de control administrativo,  
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