Cita:
Originalmente publicado por chukel
El equipo de seguridad que ha de ir a bordo es el correspondiente a la zona de navegación en la que se encuentre la embarcación y para el número de personas que se encuentren a bordo en cada momento. Es independiente de la zona para la que esté despachada la embarcación. Y esto es así para todas las embarcaciones, independientemente de que tengan o no el marcado CE y de cuál sea el modelo de su certificado de navegabilidad (1414, 1313, 1212 y 1010).
Hay tropecientos hilos en esta Taberna donde se explica esto, por ejemplo:
https://foro.latabernadelpuerto.com/...d+cada+momento
https://foro.latabernadelpuerto.com/...d+cada+momento
Eso sí, lo que no puedes embarcar es material caducado, así que, como te dice Markuay, deja la balsa en tierra...
Una de grog
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Que indicación más clara! además añadir que Laguardia civil no puede sancionar, sólo abrir expediente para que comandancia de marina sancione.