Buenos dúas llanera, como bien dices "por una causa justificada", y pongo los ejemplos de los últimos años que solo han sido por narcotráfico y normalmente es aduanas quien realiza el seguimiento y las detenciones. Por supuesto que tanto Guardia Civil y Policia pueden salir de España para realizar detenciones, pero es siempre bajo ordenes de la autoridad local y aprobación del gobiernos de esos países.
Copio literalmente lo que pone en la web de la Guardía Civil, por si lo quieres leer lo tienes
AQUI
La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en su articulo once. 2 .b, dice que la Guardia Civil ejercerá las funciones que, con carácter genérico se asignan a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, entre otros, en el mar territorial.
El Real Decreto 246/1991, de 22 de febrero, regula el Servicio Marítimo de la Guardia Civil, contemplando en su artículo primero:
“Las funciones que la Ley Orgánica 2/1986 de 13/03 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad atribuye al Cuerpo de la Guardia Civil se ejercerán en las aguas marítimas españolas hasta el límite exterior del mar territorial determinado en la legislación vigente y, excepcionalmente, fuera del mar territorial, de acuerdo con lo que se establece en los tratados internacionales”.
Esto supuso extender a la demarcación marítima lo que el Cuerpo de la Guardia Civil venía haciendo en el ámbito terrestre.
Las primeras embarcaciones del Servicio Marítimo se entregaron en el año 1992, que prestaron servicio en la Olimpiada de Barcelona y el Exposición Universal de Sevilla.
Posteriormente el despliegue se ha ido completando hasta cubrir la demarcación en la que es competente.
Saludos y las Estrellas las pago yo.
Rafa