Cita:
Originalmente publicado por KaiserVito
Acabo de volver de capitanía para tramitar el certificado de FB e informarme acerca de las atribuciones profesionales.
El empleado me ha dicho textualmente: "Cuidado que para currar es imprescindible darse de alta en la seguridad social, régimen del mar. Si no lo haces, y te pillan, te multan".
Entonces:
1) SI libreta marítima (extranjeros excluidos), necesaria para la revisión ISM.
2) SI revisión ISM, necesaria para darse de alta en la seguridad social.
3) SI alta en la seguridad social, como todo el mundo que trabaja legalmente.
Esto lo dicen en capitanía, no en el bar de la esquina.
Saludos
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Capitania NO tiene nada que ver con las habilitaciones anejas.
Sientate,tomate una cerveza fresquita,respira hondo y lee,haz oidos sordos a lo que yo o el tabernero digamos,solamente presta atencion a la lectura,lee despacito,concentrate en lo que dice el RD
2.
Los CRC realizarán los reconocimientos médicos correspondientes, de manera análoga a los conductores de permisos ordinarios (no profesionales) para vehículos terrestres a motos,
con las especialidades que se establecen en este real decreto.»
Esto respecto al reconocimiento medico,si tienes alguna otra duda, pregunta que intentaremos ayudarte.
