Cita:
Originalmente publicado por KaiserVito
BOE-A-2019-6481, CAPÍTULO VII, Artículo 36, Tramitación de las habilitaciones
1. Para la obtención de la habilitación, por el interesado se presentará solicitud dirigida al Director General de la Marina Mercante, preferentemente por medios telemáticos, acompañada de la acreditación del abono de las tasas exigidas por el artículo 24. En aquellos casos de poseedores de titulaciones expedidas por una Comunidad Autónoma deberán, además, aportar fotocopia de esta, así como certificación emitida por dicha Comunidad Autónoma verificando su autenticidad.
2. La habilitación será válida siempre que tanto el título para el gobierno de embarcaciones de recreo como el certificado de formación básica en seguridad estén en vigor.
Así que TIENES que ir a capitanía, con la solicitud que adjunto (lamento la escasa calidad) rellenada, copia y original del DNI/NIE, copia y original del título de recreo, copia y original del certificado de FB y sobretodo el comprobante de la tasa pagada (45,75 EUR).
Capitanía no tiene nada que ver, pero en Barcelona ya ha expedido unos títulos con habilitaciones (que en nuestro caso dejan de ser expedidos por la Generalitat).
La revisión ISM no está directamente relacionada con la tramitación de las atribuciones profesionales, pero te enterarás de su importancia cuando tengas que darte de alta en la seguridad social, enrolarte, currar para alguna empresa de charter y, sobretodo, cuando te pare la Guardia Civil.
Saludos
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Bien,ahora toca hablar de la tramitacion.
Necesitas pagar las tasas y tener en vigor el titulo y certificado de formacion basica y rellenar el documento de solicitud
Los papeles los presentas a la Direccion General de Marina Mercante en Madrid,no vas a venir a Madrid si vives lejos o no te apetece,entonces tienes dos metodos
1 telematicamente (internet),que si estamos mayores o no sabemos o no queremos entoces nos queda el segundo
2 -En la subdelegacion del gobierno o en cualquier Capitania de distrito,estos lo que hacen es remitir los papeles a Madrid y una vez resuelto el tramite lo envian de vuelta al sitio de procedencia.
Como ves capitania lo que hace es de correo del zar.
Ya tienes la habilitacion para conducir barcos con 6 pasajeros a 5 millas.
Que trabajas por cuenta ajena,te contratan y punto.
Por cuenta propia,hay que montar una empresa.
Un ejemplo
Si tienes el carnet de camionero
Trabajas por cuenta ajena o trabajas por cuenta propia,es lo mismo.
La habilitacion aneja es el carne de conducir barcos y ganar dinero.
La empresa puede ser: SA,SL,AUTONOMO... eso ya depende de cada uno.
Repito esta habilitacion, que no tiene nada que ver con la empresa, es para conducir barcos con 6 pasajeros a 5 millas.
Espero haberte ayudado.
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