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Antiguo 02-08-2019, 15:14
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Juan de Nova Juan de Nova esta desconectado
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Predeterminado Re: Respuesta: Re: mar territorial, distancia costa, competencias guardia civil, zona

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Originalmente publicado por ROyOR Ver mensaje
Es curioso, yo habría jurado que cuando estudie PER, PY y/o CY solo ponía que la Guardia Civil podía pararte y pedir documentación hasta las 12 millas y en el “más allá”, a partir de las 12 millas, era Aduanas y/o la armada y por unas causas muy concretas, como puede ser narcotráfico, terrorismo, o causas justificadas.

De todas formas, el peligro de navegar más allá de las 12 millas estando en zona 4 es el seguro y el AIS, ya que la autoridad (GC, Aduanas, ....) saben los que has hecho y por donde has navegado y si tienes un accidente, es como si no llevases seguro.

Saludos
Rafa
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Originalmente publicado por Hechicero1954 Ver mensaje
Bunas tardes.
Unas cervezas bien frías para todos los cofrades.
Ando dándole vueltas a la legalidad de la zona 4. La pregunta es la siguiente (a ver si me expreso bien):
Si no estoy equivocado el mar territorial son 12 millas a partir de la costa, coincidentes con la distancia de la zona de navegación 4. Si una embarcación de recreo, está a 13 millas, porgamos por caso... ¿Tiene la Guardia Civil competencias para pedir documentación, sancionar, incoar expediente...etc?
Gracias a todos y saludos.
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Originalmente publicado por markuay Ver mensaje
Si llevas pabellon no español el seguro te sigue cubriendo fuera del mar territorial y fuera de las 12 millas (no siempre coincide la zona de navegacion 4 y las aguas territoriales), y en ultimo caso hasta donde cubra la poliza contratada. Las titulaciones españolas solo sirven en españa.

El patron de un barco extranjero no necesita ninguna titulacion española fuera de aguas españolas aunque sea residente en españa.

A un barco español le puede parar y registrar la GC en cualquier lugar del mundo.
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Originalmente publicado por ROyOR Ver mensaje
Pues yo creo que hay navegando por el mundo bastantes personas con titulaciones españolas y no tienen ningún problema.


Hombre pareces de Bilbao... la Guardia Civil solo te podrá parar y registrar en aguas españolas, en aguas internacionales o en aguas de otros países la Guardia Civil no tiene competencias para pararte y registrarte... me imagino que ha sido un lapsus

Saludos
Rafa
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Originalmente publicado por markuay Ver mensaje
Yo no he dicho que tengas problemas para navegar por el mundo con una titulación española, he dicho que las titulaciones españolas solo sirven en territorio español.

Fuera de España no deberías tener problemas con o sin una titulación española, como ves son cosas distintas.

Un barco español es territorio español en cualquier parte del mundo y por lo tanto un barco de la GC o de la armada puede inspeccionarlo en cualquier punto del mundo mientras no sean aguas territoriales de otro país soberano, puede parecerte mejor o peor, pero es lo que hay.
Solo tienes que molestarte en consultarlo. Yo no opino, simplemente expongo.
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Originalmente publicado por Hechicero1954 Ver mensaje
Gracias a todos. Creo que ha quedado suficientemente claro: Un buque español, navegando en aguas que no sean mar terriotorial de otros paises, puede ser inspeccionado por la Guardia Civil y/o cualquier autoridad. me viene a la cabeza las detenciones que se hacen en alta mar de veleros cargados con droga... por la policía aduanera.
Si tengo algún error, os gradecería que lo indiquéis.
Gracias y saludos
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Originalmente publicado por ROyOR Ver mensaje
Para ti la perra chica, yo solo leo y suelo entender lo que leo....

Saludos
Rafa
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Originalmente publicado por markuay Ver mensaje
Yo no he dicho que no entiendas lo que lees, ni tengo ningún interés en tener razon, es más creo que he sido muy respetuoso, simplemente doy una información y te comento que puedes contratarla en otras fuentes.

Tengamos paz en cubierta, antes de que nos visite el contramaestre y nos recete dieta de agua turbia y galleta de la Guerra de Cuba

Al lío:

Desde la entrada en vigor del Real Decreto 246/1991, de 22 de febrero, que regula el Servicio Marítimo de la Guardia Civil, la GC puede actuar tanto dentro de la zona de mar territorial y contigua ( es decir, las famosas 12 millas) como - excepcionalmente y conforme a tratados- en alta mar y aguas de terceros estados. Otra cosa es que la GC apenas se persone en AM, con la excepción de operaciones contra el narcotráfico y la trata de personas, ya que hay litoral y problemas suficientes dentro del MT patrio como para darse paseos "porque sí" por esos mares de Dios

Pedid lo que queráis que esta ronda la paga servidor

Editado por Juan de Nova en 02-08-2019 a las 15:19.
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