Dejando abanderamientos aparte, centrémonos en lo que es el principio del hilo, te puede parar la G.C., dentro de las 12Nm, SI, a todo el mundo, te pueden parar en las siguientes 12Nm, SI, a todo el mundo, fuera de esas zonas, a los barcos con Pabellón Español, SI, a los barcos con Pabellón extranjero, según la causa o motivo, también podrían, cómo podría la autoridad naval, por ejemplo, francesa, a un barco español, en alta mar, siempre con una causa justificada, y lo normal y más aconsejable, es parar y permitir esa inspección, porque de lo contrario, la harían igual, pero tal vez de una manera menos "amable" y con graves consecuencias para el patrón de la embarcación, que se negara a obedecer esas órdenes de permitir el abordaje, es que esto es así en todo el mundo mundial, si un barco de guerra,de la policía, aduanas ctr, ctr, de país que sea, te manda parar, te paras, si te piden "los papeles" los muestras, que para eso nos los dan,todo lo demás son ganas de líos
