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Antiguo 27-02-2008, 09:40
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Aeglos Aeglos esta desconectado
Piratilla
 
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Predeterminado Re: Contenido del botiquín...

No nos pasemos dando ideas a "el legislador". El Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero no nos aplica a la navegación de recreo

Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. El presente Real Decreto será de aplicación a
toda embarcación debidamente registrada o abanderada
en España, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de
Puertos del Estado y de la Marina Mercante, que realice
navegación marítima o pesquera con exclusión de:
a) La navegación fluvial.
b) Los buques de guerra.
c) Las embarcaciones de recreo utilizadas para fines
no comerciales que no dispongan de una tripulación profesional,
y
d) Los remolcadores que naveguen en la zona portuaria.
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Para que triunfe el mal sólo se necesita una cosa: Que las personas buenas no hagan nada.
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