Curiosa pregunta OdinElgrande. Anteriormente, en 2006, no figuraba tal y como lo hace hoy en dí en la atribuciones de los títulos náuticos. Ahora mismo lo acabo de mirar en la web de Fomento y dice de forma clara para PER, PY y CY:
"Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta ... metros de eslora ..."
Después de esto me he ido a la RAE y he visto lo que significa "gobernar"
gobernar. Del lat. gubernāre, y este del gr. κυβερνᾶν kybernân; propiamente 'pilotar una nave'.
Conjug. actual c. acertar.
1. tr. Mandar con autoridad o regir algo. U.t.c.intr.
2. tr. Dirigir un país o una colectividad política. U.m.c.intr.
3. tr. Guiar y dirigir. Gobernar la nave, la procesión, la danza. U.t.c.prnl.
4. tr. Manejar a alguien, ejercer una fuerte influencia sobre él.
5. tr. coloq. Componer, arreglar.
6. tr. desus. sustentar (proveer del alimento necesario).
7. intr. Dicho de una nave: Obedecer al timón.
8. prnl. Regirse según una norma, regla o idea.
9. prnl. desus. comportarse (actuar de manera determinada)
Después de esto y leyendo la 3ª he pensado que el patron/capitán dará las óredenes necesarias para que alguien pueda llevar el barco a buen puerto, tenga titulación o no la tenga. Ahora lo del seguro habría que cogersela con papel de fumar y ya sabeis que los seguros siempre tienen razón y si no la tiene se aplica la regla primera, que dice que los seguros siempre tendrán la razón.
Saludos
Rafa