Con respecto al equipamiento de seguridad obligatorio que entrará en vigor en mayo de 2020, me llama la atención que en la web del Ministerio de Transporte belga solo se habla de "aguas interiores" y "aguas marítimas
belgas".
https://mobilit.belgium.be/fr/naviga...ire/equipement
Para quienes mantengamos el pabellón en aguas españolas y/o internacionales, ¿tenemos aquí un nuevo "vacío legal", o me he perdido algo?