Cita:
Originalmente publicado por BORRASCA
Siento tener que llevarta la contraria per: Si hay tamaño regulado:
Regla nº 18 y regla nº 20 del Real Decreto 1511/1977
Distinto son los usos solo consentidos, pero no "legales o de acuerdo con la normativa"
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Estoy muy acostumbrado a que me lleven la contraria ¡¡Estoy casado!!
En todo caso, en el RD que comentas y que agradezco no he sabido ver las medidas de bandera que me corresponde llevar. Si asumo por defecto que me corresponde izar la de menor tamaño que se comenta en el RD, ¡¡es un pabellón más grande que mi bimini!!.
Me remito a lo que decía anteriormente. A falta de normas más concretas y/o adaptadas a la náutica de recreo, prácticamente todos estamos fuera de la ley en este tema. Y en la mayoría de los casos no es por falta de ganas ni de patriotismo, sino debido a unas normas tan complejas de aplicar que pierden su fuerza legal.
saludos