Re: El pabellón nacional.
Es que cuando se promulgó el RD 1435/2010 no existía la ley de navegación marítima de 2014 por lo que difícilmente puede hacer referencia a la misma... , asímismo el RD 2335/1990 establece que las infracciones se castigarán de acuerdo con la ley penal y disciplinaria de la marina mercante, supongo que no sabrá UD lo que eso significa pero para los que peinamos canas era una ley militar que se aplicaba a los marinos civiles , hasta que fue abolida ...
En conclusión que ni UD ni yo tenemos la razón absolutaa, eso no son matemáticas y quela interpretación que hacemos cada uno del conjunto de normas puede ser errónea o acertada , eso solo lo puede determinar la autoridad competente (el capitán maritimo),
lo que está de más son los ataques personales , estoy seguro de que estos que son tan gallitos en el foro insultando y demás tras la seguridad de su ordenador a pie de pantalán son dóciles como ovejas
Editado por hma en 21-09-2019 a las 15:23.
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