Cita:
Originalmente publicado por OliverdelaRosa
¡Estupendo! He estado todos los días mirando este hilo, gracias por seguir compartiendo información sobre el pabellón de Polonia.
Cuando comentas que "Finalmente, me confirmaron que reconocen los títulos de patrón españoles." Creo que sería interesante preguntar por las limitaciones de cara a navegar con ellos. ¿Es en plan, "reconozco el PER español, y por tanto solamente te dejo navegar hasta las 12 millas" o "te dejo navegar con el PER español, pero en Polonia no tenemos restricciones respecto a las millas que puedas navegar"? Con el pabellón de Holanda, por ejemplo, esto es una cosa que quedaba resuelta (salvo aguas españolas, por lo que se ha comentado), y se podía navegar prácticamente por todo el mundo. ¡Gracias!
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En Polonia tienen tres tipos de títulos a vela:
Marinero de yate a vela (żeglarz jachtowy): embarcaciones de vela en aguas interiores y en la mar hasta 2 millas, de día.
Patrón de yate (jachtowy sternik morski): embarcaciones a vela en aguas interiores sin limitaciones; hasta 18 m de eslora en la mar.
Capitán de yate: (kapitan jachtowy): embaraciones a vela sin limitaciones.
También tienen tres títulos a motor:
Patrón de lancha a motor (sternik motorowodny): embarcaciones a motor en aguas interiores y en la mar hasta 2 millas, de día. Los mayores de 16 años, hasta potencia de 60 kW.
Patrón de yate a motor (motorowodny sternik morski): embarcaciones a motor en aguas interiores sin limitaciones; hasta 18 m de eslora en la mar.
Capitán de yate a motor (kapitan motorowodny): embarcaciones a motor sin limitaciones.
De todos modos, una vez fuera de las 12 millas españolas, es muy raro que te pidan titulación... Yo me limitaría a preguntar en la compañía aseguradora.
Saludos y
