Otro enfoque:
El RIPA se aplica a salvo de reglas especiales dictadas por los organismos competentes.
En España, éstos han resuelto que las motos no pueden acercarse a menos de 50 metros de otra moto, artefacto, buque o embarcación;así como evitar
las zonas de fondeo.
Por lo tanto no debe existir riesgo de abordaje, ya que la moto, en caso de existir, debería maniobrar para alejarse al menos 50 metros de la embarcación con la que exista.
Lo mismo que debe hacer cualquier embarcación cuando se encuentra con una que lleva la bandera de buceadores en el agua.
https://www.fomento.gob.es/marina-me...motos-nauticas
