Para estos casos, yo llevo una copia de la hoja de asiento del barco, en la que figuran la fecha de puesta en servicio (anterior a la entrada en vigor del IEDMT) y todos los armadores que ha tenido el barco hasta la baja de bandera española. Con esto (y con ciertas dosis de paciencia

) debería ser suficiente para convencer a la GC de que poner una denuncia no tiene sentido.
Coincido contigo en que esto no es otra cosa que un intento (generalmente infructuoso) de DPS a los ciudadanos españoles con bandera extranjera. Y añado que en estos casos quien sanciona no es la Benemérita, sino la Capitanía Marítima.
Saludos y
