despues de haber leido un par de veces el decreto, y mas que me haran falta para entenderlo bien, me he quedado con las siguientes impresiones:
- está lleno de obviedades absurdas y vaguedades en cuanto a su ámbito de aplicación. Por ejemplo:
"Las personas embarcadas no deberán agruparse
en una de las bandas de la embarcación, y no interferirán
la visibilidad del patrón o las faenas marineras que se
desarrollen en la travesía."
cojonudo, ¿hace falta un decreto para decir estas chorradas? para que esta el patrón en la embarcación si no, entre otras muchas responsabilidades? y esta es solo una de las muchas citas que se podrían hacer
Esta ya es el descojono:
b) Las maniobras de atraque y desatraque del muelle
se realizarán de forma paulatina, evitando maniobras
simultáneas de las embarcaciones próximas.
de paso podrían haber dicho que se deberá evitar agujerear el casco por debajo de la liena de flotación del barco de al lado con el baupres, que igual se hunde y eso es mal rollo
y esta tampoco tiene desperdicio
3. Sin perjuicio de lo dispuesto en el punto anterior
de este artículo, los patrones de las embarcaciones deberán
adoptar todas las medidas que sean precisas para
garantizar la seguridad de los tripulantes y demás personas
embarcadas, así como comprobar que éstas cumplen
con las obligaciones a que se refiere el artículo siguiente.
En todo caso deberá garantizarse que el embarque y
desembarque de personas discapacitadas se realizará en
las debidas condiciones de seguridad, dignidad y decoro,
reservando para dichas personas, siempre que ello fuera
posible sin menoscabo de la seguridad, lugares de fácil
acceso suficientemente resguardados y protegidos a
bordo.
o sea, que si hay un pasajero con silla de ruedas ¿no puedo tirarlo por la borda o bajarlo al puerto usando la driza de la mayor? en serio, prometo ni insultarlo ni hacerle fregar la cubierta con la lengua, no te jode...
y esto :,
h) La relación de los medios navales de salvamento,
que deberán ser adecuados al número de embarcaciones
participantes. Dichos medios deberán garantizar por sí
mismos la cobertura total de la prueba náutico-deportiva.
Los organizadores no deberán incluir entre los mismos
los medios públicos de salvamento marítimo, sin perjuicio
de que puedan solicitar su ayuda en caso de emergencia
esto que quiere decir? por ejemplo una regata larga tipo gaitero o costa vasca, hay que contratar un remolcador o unos tipos deben ir en zodiac con 200 litros de gasolina en bidones? para que están los demás competidores sino para ayudar a quien este en apuros?
- muchas o casi todas de las normas que se fijan ya se hacen antes de una regata (avisar a capitania, revisar embarcaciones en cuanto a seguridad, fijar un canal de comunicaciones para la regata, etc.)
- cosas preocupantes:
7. Respecto de las regatas de navegantes solitarios
que se celebren en aguas españolas, solamente podrán
autorizarse las que se realicen bajo la modalidad de circuito.
esto viene en este artículo:
Artículo 15.
Disposiciones especiales para las pruebas
deportivas de circuito.
Las normas que establece este reglamento serán
de aplicación a las pruebas de remo, las pruebas
deportivas náuticas de carácter infantil, clase optimist,
vela iniciación, cadete, vela ligera, pruebas de motonáutica
con embarcaciones de fórmula, pruebas náutico-
deportivas de personas discapacitadas, concentraciones
de nadadores, competiciones subacuática en
circuito u otras similares, así como en los casos en
que, excepcionalmente, las pruebas se celebren en las
esto se aplica a las pruebas de cruceros? se acabaron los circuitos de solitarios en crucero? o se refiere a vela ligera de un solo tripulante?
vamos, que el que ha redactado esto lo podría usar para limpiarse el.... o se piensa que los que navegamos somos gilipoyas?
en resumen, yo me quedo con que:
hace falta comunicar a capitania una regata (ya se hace)
hace falta un coordinador de seguridad (pues fale)
hacen falta embarcaciones de apoyo (pero no tengo claro como al menos para cruceros)
a tomar por culo regatas en solitario en crucero que no sea entre tres boyas
prohibido escupir o tirar por la borda a los disminuidos