Ese párrafo lo tomé directamente de la Normativa de Seguridad de Navegación polaca.
Yo entiendo lo mismo que tú: los barcos no comerciales de hasta 15 m de eslora no están sujetos a inspección; los no comerciales de más de 15 m y los comerciales, que sí están sujetos a inspección, están exentos durante 10 años si tienen marcado CE.
Quizá tenía que haber modificado la redacción para que se entendiera mejor.
Gracias por la aclaración.
Saludos y
