Re: Pabellón francés y G. Civil
Competencia Fiscal y de Aduana la tienen, sin duda. Pedir titulación al residente pueden por ley. Resto de documentación del barco solo el título de propiedad (letra de pabellón o ICP o lo que sea en el país de bandera), el seguro del barco y demostrar que tiene los impuestos pagados si el propietario reside en España. Cualquier otra cosa es que al agente lo acaban de trasladar a la costa y no conoce bien el procedimiento. Y la actitud chulesca es que no está al día del procedimiento del cuerpo, deberían ser cosas del pasado.
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