Discusión: Vela Dudas Islas Columbretes
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Antiguo 04-02-2020, 16:35
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Grumete Pirata
 
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Predeterminado Re: Dudas Islas Columbretes

Sin problema Parbat, el título es de Dudas, así que cualquiera es bienvenida

Por lo que he podido leer creo que el barco tiene que estar despachado en zona 2 por lo que no se considera puerto y el punto más próximo es Oropesa que la distancia sobrepasa las 25 millas.

También me pareció leer que con otra bandera si el patrón es español se tenía que cumplir la legislación española, tampoco me hagas mucho caso que igual entendí mal.

Una cosa que confirmé es que con el título de PER con la ampliación a las islas Baleares se puede ir a Columbretes como recoge el Real Decreto 238/2019 en el artículo tercero.

El Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo, queda modificado como sigue:

Tres. Se modifican los ordinales 5.º y 8.º de la letra c) del artículo 9:

«5.º Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para navegar entre la Península Ibérica y las Islas Baleares, incluidas las islas intermedias.»

«8.º Gobierno de embarcaciones de recreo a vela de hasta 24 metros de eslora, que faculta para navegar entre la Península Ibérica y las Islas Baleares, incluidas las islas intermedias.»


Con la normativa que ha comentado Vingilot entiendo que la "ratonera" se convertirá a partir de 15 nudos y 0,3m de ola, ¿alguien lo puede confirmar?



Muchas gracias!!
Un saludo.
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Parbat (04-02-2020)