Cita:
Originalmente publicado por markuay
[...]Por ejemplo; en mi zona, ni siquiera la GC sabe qué hacer con el tema márpol, la capitanía dice que eso es para barcos de más de 24 metros y que no les molestemos con esas bobadas, por supuesto no firman nada.
Pero hace un par de años en la zona de Denia estuvieron tocando las narices con ese tema.
Yo tengo un vecino de pantalan que es GC y esta igual de perdido que yo en ese tema.
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El asunto este del MARPOL es como el día de la marmota en forma de pesadilla náutica. La normativa está muy clara (RD1381/2002):
Artículo 3. Ámbito de aplicación.
1. Las disposiciones de este Real Decreto se aplicarán a:
a) Los buques, incluidos los buques de pesca y las embarcaciones de recreo, cualquiera que sea el pabellón que enarbolen, que hagan escala o presten servicio en un puerto español...
Artículo 6. Notificación.
[...]
4. Los buques de pesca fresca y embarcaciones deportivas o de recreo autorizadas para un máximo de doce pasajeros realizarán la notificación reducida que figura en el anexo V, de acuerdo con las siguientes normas:
a) En el caso de buques o embarcaciones de cualquier tipo con base en un puerto español, justificarán anualmente ante la Capitanía Marítima de su puerto base la entrega de toda clase de desechos a una instalación portuaria receptora autorizada.
b) En los demás casos a la llegada de la embarcación al primer puerto español, cuando se trate de buques o embarcaciones procedentes de puertos extranjeros o caladeros internacionales.
Pero claro, si soy el Señor Feudal (léase Capitán Marítimo), en mis dominios se hace lo que yo digo...
Saludos y
