Discusión: Generales Titulacion Nautica Requerida
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Antiguo 23-02-2020, 08:44
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Predeterminado Re: Titulacion Nautica Requerida

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Originalmente publicado por Apagapenol Ver mensaje
La DA 5ª ni siquiera tiene en cuenta el concepto del “paso inocente”: cualquiera que navegue por aguas españolas tiene que tener titulación, independientemente de si se dirige o no a otro país.

En el caso del cofrade Grumete Arbolado, si navega en un barco de pabellón español, le requerirán la titulación española; si navega en un barco con otro pabellón, le requerirán la titulación de su país de residencia, o, en su defecto (en mi opinión, ésta es la parte más desafortunada de la ya lamentable redacción de la DA 5ª), la de su nacionalidad.

El asunto de la DA 5ª se ha tratado de largo en esta Taberna, y ya sabemos todos el propósito para el que fue ideada esta joya de reglamentación.

Saludos y
te falta poner el primer punto de la disposicion, en el caso del cofrade grumete arbolado, como en el caso de cualquier otra persona, si navega por aguas españolas, " Primero " le requeriran titulo del pais de la Bandera que enarbole su barco" segundo , le requeriran titulo del pais de su residencia, y tercero, en caso de no cumplir con los dos puntos anteriores, le requeriran titulo del pais de su nacionalidad
en la disposicion, por supuesto que no pone lo de paso inocente, pero ese articulado está basado en la convemar, que si reconoce el paso inocente, si una embarcacion va navegando " rumbo " a otro pais y lleva su despacho del puerto de salida y reflejado el puerto de destino, " es paso inocente " y no necesita mostrar ningun titulo, - que por supuesto lo lleva -

saludos
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