Un saludo Alocen, eso es lo que queria comentar.
Garbinet, tienes razón, me exprese mal con lo de servicios "esenciales" (decirte que estoy en la linea de tus comentarios sobre este tema)
Cita:
Originalmente publicado por Garbinet
Buenas.
Las actividades esenciales nunca han estado cerradas.
Ahora bien, a partir del lunes, las no esenciales vuelven a la actividad. Y de hecho termina el "permiso retribuido recuperable" (=ahora no trabajo pero cobro pero tengo que devolver las horas cobradas) para los trabajadores afectados.
Aquí hay algo que no cuadra: si un taller mecánico puede abrir, pero no podemos llevarle el coche porque no es indispensable ... o las peluquerías ...
Saludos
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En lo del ultimo párrafo, es evidente por lo que tienen que estar abiertos... coches de policía, ambulancias, trabajadores varios de cualquier sector "importante"
Copio y pego de La Vanguardia de ayer:
A partir de este lunes 13 de abril, tras las vacaciones de Semana Santa, los trabajadores no esenciales vuelven a sus puestos en un regreso escalonado y con una serie de medidas preventivas para evitar la propagación del coronavirus, es decir, regresan las condiciones originales del estado de alarma aplicado el pasado 14 de marzo.
A partir del lunes, sigue suspendida la apertura cualquier comercio minorista, a excepción de los de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, sanitarios, centros o clínicas veterinarias, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio por internet, telefónico o correspondencia.
Durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular para la realización de las siguientes actividades, que deberán realizarse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada:
- Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
-Retorno al lugar de residencia habitual.
- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza.
Perdón por el rollo de algo que casi todos sabemos.
En fin, saludos para todos y respondiendo al titulo del hilo...yo tampoco se si los profesionales del sector náutico podrán trabajar el lunes.

