Cita:
Originalmente publicado por ea3bdf
3.3 empadronamiento de personas sin domicilio.
Como se ha indicado anteriormente, el Padrón debe reflejar el domicilio donde
realmente vive cada vecino del municipio y de la misma manera que la inscripción
padronal es completamente independiente de las controversias jurídico-privadas sobre la
titularidad de la vivienda, lo es también de las circunstancias físicas, higiénico-sanitarias o
de otra índole que afecten al domicilio. En consecuencia, las infraviviendas (chabolas,
caravanas, cuevas, etc. e incluso ausencia total de techo) pueden y deben figurar como
domicilios válidos en el Padrón.
Las situaciones más extremas pueden plantear la duda sobre la procedencia o no de
su constancia en el Padrón municipal. El criterio que debe presidir esta decisión viene
determinado por la posibilidad o imposibilidad de dirigir al empadronado una comunicación
al domicilio que figure en su inscripción. En el caso de que sea razonable esperar que esa
comunicación llegue a conocimiento del destinatario, se le debe empadronar en esa
dirección.
cve: BOE-A-2015-3109
creo que está claro.
Muchas gracias.
Berny
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Ante todo, vayan unas rondas por delante, que nos queda mucho ron que consumir aún.
ea3dbf, como habrás visto por este hilo ( y aprovecho para pedirte mil disculpas por mi intrusión en tu pregunta ) he seguido con el tema, incluso preguntando por una situación como la tuya, por si había suerte y aportaban alguna luz que pudiera trasladarte. Resumo a continuación. Datos de estos dos últimos días.
Siguiendo los comentarios de Magallanes y después de mucho buscar, se me ocurre enviar la petición de empadronamiento como petición al Registro General. Se ponen en contacto conmigo ( un funcionario súper atento y con gran interés en solucionarme el problema. Mi agradecimiento por su actitud ). Todo apuntaba bien, pero...
El trámite se escala y vuelven a contactar conmigo ( no la persona anterior ). El resumen de la situación es que hay que estar como mínimo 6 meses residiendo ( preferentemente recogido en el contrato. Quizás cubierto con los pagos de las mensualidades ). Con menos tiempo, no te pueden empadronar de ninguna manera.

Entonces pregunté por lo del barco, como si fuera mío. Algo extraño dije, porque ... uffff, no es una vivienda, no hay un domicilio, habría que consultar... En fin un enorme problema.
Seguiré dando la lata, a ver si encuentro alguna solución que te sirva.

Agustín.