No estoy de acuerdo... en la siguiente foto se ven las atribuciones que pone por detrás en los títulos de CY (parte de arriba) y de PY (parte de abajo), y la diferencia está en la limitación geográfica y en que curiosamente en el de CY pone que se pueden llevar buques de recreo...
Y como con el confinamiento tenemos tiempo de sobra, podemos seguir dando vueltas a lo mismo todo lo que quieras, peeeeero sigo pensando que legalmente un CY puede llevar buques de recreo (bueno, no es que lo piense, es que es lo que pone el título...)
Un saludo!
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