Gracias Apagapenol
No sabia que para nada hubiera otra ley (mas...), depues de la de RD 1435/2010
Resulta que según leo en la hoja de asiento, el barco se inscribió en marzo del 2003 en el registro mercantil de la provincia de matricula
Creo que me exigen esto ( y lo de la patente), porque las 2 cosas estan señaladas en la hoja de asiento. Y el funcionario que ha revisado la documentacion se ha leido esto y ha contestado rapidamente poniendo unas pequeñitas piedras en mi camino.
Me han contestado del registro en cuestión en la misma linea de lo que dices tu, que la inscripción es potestativa
Sin embargo , una vez inscrito,
no se si es potestativo o no el negarte a proporcionarlo. Desde luego se trata de un registro para el barco como se llamaba antes y a nombre del antiguo propietario.
Dirás, por que me lio? daselo y ya esta¿?. Bueno ya he mirado que hay que hacer, y claro ahora tendría que pagar otra tasa por emitir ese certificado, lo cual me niego (de momento, al menos hasta que llegue al fondo del asunto), aunque lo dejo como plan B.
Así que la pregunta cambia
- NO es obligatorio inscribirse en el RBM, pero...
-
Si esta el barco inscrito, y tras esas nuevas leyes, Es obligatorio exigir una copia del RBM si estas ya dado de alta?
Muchas gracias cofrade

