Cita:
Originalmente publicado por Karonte1888
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[quote=jvales;2248991]
Cita:
Originalmente publicado por danilo
Seguimos igual sólo que soluciona el problema de muchos de vosotros que vivis entre dos municipios.
Nada más lejos de la realidad: limita los desplazamientos provinciales en el artículo 7 a cuestiones muy concretas laborales y de fuerza mayor....no veo que las actividades de ocio, deportivas, mantenimientos, compras, reuniones, etc estén habilitadas fuera del municipio.....es decir no aporta nada en relación al ámbito geográfico de la movilidad sobre el municipio o el km para pasear. Tampoco dice nada sobre ocupantes de un vehículo o respecto a los convivientes en el mismo domicilio......
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Yo ahí sí que "entiendo" que las restricciones de movilidad quedan circunscritas al ámbito provincial/insular, por ejemplo para la "práctica de turismo activo y de naturaleza" Igual no he leído bien. No sé