Cita:
Originalmente publicado por Fuerza 7
Con la certeza legislativa de este país de pandereta por medio de la Orden de 9 de mayo de 2020, de el MINISTERIO
DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA por la que se establecen las condiciones a aplicar en la fase I de la desescalada en materia de movilidad y se fijan otros requisitos para garantizar una movilidad segura..... artículo 7 a partir de fase I es decir del lunes 11 no solamente podrán realizar navegación de recreo los que residan en en mismo municipio sino que como veo que ponéis por ahí también podrán hacerlo los que residan en la misma provincia o territorio insular... a ver cómo sigue el culebrón.  
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Bueno cofrade, pero al final no era tan descabellado lo de no olvidarse del BOE. Produce mucha más certeza legislativa la publicación de una disposición general en el BOE, que lo que ANEM_MM pusieron en circulación, sin entrar a calificar qué era.
Saludos