Cita:
Originalmente publicado por miguel ibiza alm
Quiero y deseo que sea como dices,pero en el articulo 5 donde si que indica el uso de embarcaciones particulares por sus propietarios es el articulo dedicado a Baleares.
El articulo 7 que es el que habla de nautica de recreo en Fase 1,cita expresamente que los particulares podremos visitar las embarcaciones para mantenimiento por una persona solamente y que se podra navegar teniendo la consideracion de turismo activo y de naturaleza,de ahi mi gran duda......a ver si se puede aclarar,que tengo 3 patrulleras de la GC dando vueltas por la bahia sin nadie a quien empapelar,y,ya sabeis lo que canta una vela solitaria en mitad del mar ......
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Si esto lo han publicado ellos entiendo q está claro...

Mira lo que he compartido: #RR. Buenas noches a tod@s, parece ser que se ha vuelto a cambiar de criterio del Gobierno y según el Artículo 7 de la Orden dada por el Ministerio de Fomento si se puede ahora realizar navegación de recreo. No dice nada de pesca recreativa, por favor lean el escrito. Seguiremos actualizando conforme nos vayan llegando las normas y ordenes...Buenas noches y buena proa a tod@s!!! @MIUI|
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