Copio y pego del Boe
2. En los territorios de la provincia, isla o unidad territorial de referencia que se
determine, en los que de acuerdo con el artículo 3 del Real Decreto 514/2020, de 8 de
mayo y en aplicación del Plan para la desescalada, se acuerde la progresión a la fase I o
inicial, además de las actividades de la fase de preparación:
a) La navegación de recreo puede realizarse atendiendo a su consideración como
turismo activo y de naturaleza por grupos limitados (actividades culturales y de ocio). Se
permitirá la navegación a las personas que tengan su domicilio en la misma provincia,
isla o ciudad autónoma en que esté amarrada la embarcación o estacionada la
aeronave, no pudiendo encontrarse a bordo un número de personas que supere el 50%
de las personas autorizadas en los certificados de la embarcación o aeronave, salvo que
se trate de personas que conviven en el mismo domicilio en que se podrá alcanzar
el 100%. En todo caso, el número de personas a bordo de la embarcación no podrá
exceder de diez....
https://boe.es/boe/dias/2020/05/10/p...-2020-4912.pdf
En ningún sitio he leído nada de empresas en fase I
Lo que nada aclaran es lo de la pesca ???? creo que mañana dirán algo ????