Hola
RESULTADO FINAL y me
autorespondo
No es obligado como dice la ley dar de alta el barco en el RBM
Pero si compraste un barco, cuyo ex-dueño, había dado de alta en ese registro de bienes muebles, estas obligado a facilitar certificado de BM (tasas y cargas), tal como viene, en la solicitud de baja.
En mi caso, había un apunte en la hoja de asiento, en la que lo decía y es por eso que en capitanía al hacer la baja, te lo exigirán.
Y eso es asi, aunque el barco este a nombre del antiguo propietario en ese registro y con el anterior nombre de la embarcación, si lo cambiaste al comprarlo
Gracias y saludos




