¿Qué interpretáis de esto? artículo 4
https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/...eI3snQyKpge5kU
Yo he entendido que aplica cuando el traslado es entre provincias o islas. También entiendo que sigue en vigor la anterior normativa donde en fase 1 podías moverte a 12 millas dentro de la misma provincia y entonces puedes llevar personalmente tu barco al varadero aunque sea de otro municipio. (Aclaraciones navegación 11/05/2020 DGMM)
También intuyo que les quieren dar un poco de chicha a los profesionales del sector y simultáneamente cubren el hueco de poder trasladar un barco a la unidad territorial de al lado.