Re: Multas en huelva por tener barco belgasin ser residente
Buenos días, cofrades:
En primer lugar, dudo mucho que la GC no sepa a estas alturas que a los barcos extranjeros sólo les pueden pedir el Certificado de Registro (del que no pueden comprobar otra cosa que su validez), el recibo del seguro y la titulación española del patrón (esto último, sólo en determinados casos).
En segundo lugar, y si quedara alguno que no se hubiera enterado, la página de internet del SPF Mobilité et Transport dice claramente:
"Attention: lettres de pavillon et documents d’immatriculations existants
La lettre de pavillon reste valable jusqu’à la fin de sa période de validité."
Por otra parte, quien comprueba el cumplimiento de las condiciones de expedición de una Lettre d'enregistrement es la Administración belga antes de expedirla, no la española después.
Como estas actuaciones tienen que estar ordenadas por el Capitán Marítimo correspondiente, una denuncia por prevaricación seguramente resulta buenísima para el cutis del infrascrito...
No brindo cuando hablo de la Administración.
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)
Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)
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