Cita:
Originalmente publicado por juan_ma
Viendo que todas las embarcaciones de recreo de eslora igual o inferior a 12 metros están exentas de la obligación de abanderamiento y matriculación, así como de despacho, siempre que la propia embarcación y su equipo propulsor ostenten el marcado CE,
|
Revisa, porque eso no es cierto