Cita:
Originalmente publicado por Cantero
Entiendo que la embarcación es comprada directamente por ti no? La mía es de segunda mano y ahora, después de dos meses me han dicho que no puedo inscribirla si el anterior dueño no lo hizo.
Confírmame que sea así porque ahora me piden revisión por empresa certificada y factura de compra para el abanderamiento.
Gracias.
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Buenos días:
La legislación vigente con respecto a la documentación tiene establecido, entre otros documentos la factura de compra-venta, el DNI compulsado del vendedor, el abono a Hacienda y en tu caso, al menos así lo he entendido la ITB al tener la embarcación 7 o mas metros de eslora.
https://www.mitma.gob.es/marina-merc...a-compra-venta
https://www.nauticalegal.com/es/info...les-y-fiscales
Saludos