Re: Talla mínima lubina/bacalao 42 cm. Cantábrico y Noroeste
Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores.
Por favor, alguien me puede aclarar el cencepto de "aguas exteriores"
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