Cita:
Originalmente publicado por Apagapenol
Que yo sepa, sólo tienes la limitación de que no puedes salir a navegar; tampoco hay plazos.
Saludos y 
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Pues yo tengo dudas respecto a eso, en muchos puertos se solicita a los amarristas que presenten la documentacion en la capitania del puerto anualmente para comprobar que todo esta en regla, se que esa informacion se le pasa a la GC, asi que no se hasta que punto se puede estar sin abanderamiento.

