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Antiguo 03-09-2020, 10:28
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IRRINTZI IRRINTZI esta desconectado
Hermano de la costa
 
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Predeterminado Re: Pago de los impuestos ITP Y IEDMT

Para el tema del ITP como interpretais ésto?

La prescripción en el impuesto de transmisiones patrimoniales
Tal y como se recoge en la Ley General Tributaria, la Administración dispondrá de cuatro años para poder determinar la deuda tributaria, ya que en caso contrario, prescribirá su derecho a reclamarte.

El plazo se contará desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo reglamentario para presentar la correspondiente autoliquidación.

En estos términos, también es muy importante tener en cuenta que, los plazos se interrumpen por medio de cualquier notificación de la Agencia Tributaria en la que pretenda que se reconozca, regularice, compruebe, inspeccione y o liquide parte de los elementos de la obligación tributaria que proceda, salvo que las notificaciones sean infructuosos. Los intentos de notificación válidamente realizados interrumpirán la prescripción.

Como siempre, en materia fiscal tendremos que estar a la operación en particular que se quiere realizar por lo que te recomendamos que contactes con tus abogados de confianza para realizar cualquier gestión tributaria.



Una vez pasan 4 años ya no la pueden reclamar?
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