Buenos días, cofrades:
Hoy vamos a repasar la documentación que debemos enviar.
1- Solicitud (Formulario JR01 "Application to register" o JR01A, si vamos a registrar a nombre de una empresa). Hay que proponer tres nombres, porque no puede haber otro barco con el mismo nombre registrado en Jersey (si nuestro barco se llama "Manolo y Pili" no tendremos problema

).
2- Factura o contratos de compraventa de los últimos 5 años anteriores a la fecha de la solicitud. Si no están en inglés, hay que enviar traducción jurada al inglés.
3- Copia notarial o traducción jurada de los certificados de baja de registros anteriores (si están en inglés, como por ejemplo el certificado de baja del Registro belga, copia notarial; si no están en inglés, como el certificado de baja del Registro español, traducción jurada).
4- Declaración de idoneidad (Formulario JR05 "Declaration of elegibility"). Para los no residentes en Jersey es obligatorio designar un representante en Jersey; esto es un trámite administrativo vestigial sin efectos, ya que normalmente el Registro se relaciona con el propietario. Si conocemos a alguien que viva allí (algo más bien improbable), podemos pedirle el favor. Si no, hay empresas que se prestan a ello previo pago de una cantidad variable. Como ayuda, el documento JR17 "Representative persons 2019-2020" contiene una lista de dichas empresas. Conviene preguntar antes las tarifas y elegir la más barata.
5- Certificado de arqueo, emitido precisamente por alguno de los organismos que figura en el documento JR21 "List of surveyors". En el documento hay dos listas, la de las empresas autorizadas a emitir certificados para barcos de recreo de cualquier eslora y la de las que están autorizadas sólo para emitir certificados a barcos de recreo de eslora inferior a 24 m. Es preferible ponerse en contacto con las empresas de esta última lista y pedir presupuesto. Por lo que he visto, hay medidores que viven en España, por lo que el trámite no debería ser especialmente molesto. Como en el caso anterior, mejor elegir el presupuesto más barato.
6- Pagar las tasas, que vienen detalladas en el documento JR25 "Fees for full registration". Se puede pagar por cheque (desaconsejable, porque tiene que estar en libras, y el banco nos va a aplicar comisiones por emisión de cheque y cambio de moneda) o por tarjeta de crédito.
Continuará...
Saludos y
