Supongo que existirá alguna manera de que la Agencia Tributaria expida un duplicado de las cartas de pago. Convendría que les consultaras.
En cuanto al ICP, efectivamente está expedido por el Svenska Kryssarklubben. Ten en cuenta que todos los ICP’s tienen una caducidad de dos años. ¿Está el tuyo en vigor?
En todo caso, deberías poner el barco a nombre del titular actual. De hecho, algunas Administraciones (la británica es una de ellas) no consideran que la propiedad se ha transferido hasta que se inscribe la nueva titularidad.
Saludos y
