Si deseas compatibilizar tu pensión con unos ingresos que procedan de trabajos esporádicos, podrias hacerlo siempre y cuando no superes el SMI en computo anual. Si así fuera te tocaría devolver lo percibido de la pensión.
No obstante no estaría mal que te pssaras por la TGSS y comentes si el tipo de actividad ha realizar es o no obligatorio te des de alta de autónomo.
También te recomiendo te pases por el INSS y que veas si puedes compatibilizar tu pension tal como comentas o puedes acceder a una jubilación activa o jubilación flexible.
