Cita:
Originalmente publicado por ru2lph
Esto no tiene ningún recorrido legal. Se ve que le pilló el sheriff de turno. Y lo único que consiguió era retenerle un rato. Lo que vale es lo que consta en los papeles. Si no que se lo digan a barcos como el Jeanneau Leader 805, con 7,49 en papeles , o el San Remo 900, con idéntica eslora en papeles. Todo por supuesto recién salido de astillero.
Hay muchos ejemplos de barcos que depende el país donde lo compres tienen una eslora u otra.
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Buenas
Sin ánimo de polémica y con la intención de aclarar conceptos a futuros nuevos armadores
El recorrido legal es el que consta en la ley, el reglamento ó/y las normas de uso
En la GC no hay sheriffs, que yo sepa
Como sucede con cualquier otro vehículo ó bien sujeto a inspección, lo que vale es lo que consta en los papeles
siempre que lo que consta en los papeles concuerde con las medidas reales. No nos confundamos, ó si nos queremos confundir, no confundamos a los demás
Las cifras que aparecen en las denominaciónes comerciales, no tienen porqué tener relación alguna con la eslora. Es tan obvio que no necesita explicación adicional
Las medidas que constan en la documentacion de los barcos recien salidos del astillero, son, por supuesto, las reales. Jamás en ningún astillero se botaría un barco falseando las medidas. Tambien es algo obvio
Hay muchos ejemplos de barcos que depende el país donde lo compres tienen una eslora u otra.
Sinceramente, no soy capaz de comprender lo que quieres decir. Los conceptos relativos a eslora total, en flotacion, etc., así como los que se refieren al resto de los parámetros, hasta donde yo pueda saber, son universales
Mi experiencia personal es que me han pretendido vender a mala ó de buena fe embarcaciones que no cabían en mi atraque. Y tengo y he tenido colegas cercanos a los cuales se les han vendido atraques en los que no entraban sus embarcaciones, y embarcaciones que no entraban en sus atraques, provocandoles no raramente, grandes trastornos
Evidentemente, hay puertos cuya reglamentación es laxa, lo cual no necesariamente implica problema (hasta que el listo de turno meta un 36 pies en un atraque de 25 pies). Ahí empieza el lío, y es por ello que es bueno que existan los límites, con sus tolerancias correspondientes (que varían ampliamente de un puerto a otro), y que vigile su obligado cumplimiento por la autoridad portuaria, salvo circunstancias verdaderamente excepcionales
Feliz domingo a todos.
