Cita:
Originalmente publicado por fende_testas
Pero si no se abonó el IVA o se desgravó por la explotación comercial en 6ª hay que volver a pagarlo. Ojo.
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Si la embarcación ha cumplido una serie de años en 6ª, (creo que son 5), ya no se paga iva, sino el impuesto de transmisión de patrimonio, que según la comunidad es de un % diferente.
