En general, las Administraciones extranjeras (a diferencia de una que nos conocemos todos) no suelen meter las narices en el número de personas autorizadas.
Si la placa dice algo, bien; si no dice nada o no hay placa (sólo empezó a ser obligatoria con el marcado CE), también bien.
Las atribuciones de la GC sobre los barcos de bandera extranjera vienen aquí:
https://dialnet.unirioja.es/descarga...lo/2245756.pdf
Saludos y
