Cita:
Originalmente publicado por celicagrn
Pero un residente español puede abanderar su barco en Canada? Al ser un pais no europeo, no pasa nada? No hay que entrar y salir del pais cada X meses?
Gracias compañero
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No pasa nada. Hay un error extendido en ese sentido. Si un barco está al corriente en el pago de las tasas e impuestos correspondientes a las embarcaciones españolas, puede enarbolar la bandera que desee, con independencia de que sea comunitaria o no lo sea.
Otra cosa diferente es que un barco se traiga de un país extracomunitario. En ese caso, si su propietario va a residir más de 183 días en España, deberá pagar el IVA (en Canarias IGIC, en Ceuta y Melilla IPSI), el IEDMT (Ley 38/1992, de 28 de diciembre) de aplicación a embarcaciones mayores de 8m (excento en Ceuta y Melilla); así como el resto de tasas (T0 y T5, cuando proceda).