Cita:
Originalmente publicado por eborges_tfe
No pasa nada. Hay un error extendido en ese sentido. Si un barco está al corriente en el pago de las tasas e impuestos correspondientes a las embarcaciones españolas, puede enarbolar la bandera que desee, con independencia de que sea comunitaria o no lo sea.
Otra cosa diferente es que un barco se traiga de un país extracomunitario. En ese caso, si su propietario va a residir más de 183 días en España, deberá pagar el IVA (en Canarias IGIC, en Ceuta y Melilla IPSI), el IEDMT (Ley 38/1992, de 28 de diciembre) de aplicación a embarcaciones mayores de 8m (excento en Ceuta y Melilla); así como el resto de tasas (T0 y T5, cuando proceda).
|
Buena aclaracion, y abre un sinfin de posibilidades.
Me hace mucha ilusion abanderar en algun pais de conveniencia de los que usan los mercantes, Panamá es el que cuenta con el mayor registro de barcos, con 6.447 unidades, seguido por Liberia, con 1.538, Bahamas (1.316), Malta (1.181), Chipre (1.084) e Islas Marshall (632)..



Supongo que a los de la direccion general de marras les encantaria.