Cita:
Originalmente publicado por MINIMUI
Salud!
Sabéis si los barcos se pueden trasladar de comunidad en caso o por motivos de compraventa? 
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En Andalucía ( la cosa va ir por CCAA...menudo lío ) , podría trasladarse por un profesional.
No hay prohibición de practicar la navegación de recreo. El límite y problema ( para los mortales) es si puedes acceder al municipio donde esté el barco por cierres perimetrales de municipios.
La única limitación está en que hay que reducir , según nivel de alerta sanitaria , el número de tripulantes (75%,50%)y hasta un máximo de seis, diga lo que diga tu certificado .
Ante tu duda , habría que ver qué dice una y otra CCAA.