Cita:
Originalmente publicado por liman
Saludos a los cofrades, que invito gratis total a un chupito de vacuna (que no sea la rusa, que parece que   )
¿Alguien pude aclararme cual es el valor que se debe asignar respecto a la clausula de pérdida total de la embarcación? El valor asegurado es lo que realmente indemnizan en ese desgraciado caso, o luego entran a discutir como en los automóviles ese "valor venal" que es el timo de la estampita de las aseguradoras de vehículos terrestres?
Es importante porque me parece que muchos de nosotros estamos "sobreasegurados" inútilmente.
  
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Para aclarar el valor que debe figurar en la cláusula del valor de la embarcación tengo entendido que lo mejor es una tasación del perito de la empresa de seguros. Pero eso es dificil que te lo hagan y menos gratis.

