Cita:
Originalmente publicado por ribadeo99
Tienes razón en que las capitanías marítimas son a menudo como los reyes del mambo o reinos de taifas y complican por ignorancia normas que son sencillas y dirigidas a ayudar al navegante. Para evitar eso hay una dirección sobre Nautica de recreo en la página web del Ministerio de transportes (Mitma) a la que te propongo te dirijas. Si se conocen los problemas allí seguramente se puedan resolver mejor que yendo a otras banderas que solo dan dinero a algunas gestorias con sus diferentes “máscaras”.
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Yo conozco personalmente dos capitanías y y la central de la DGMM en Madrid he tramitado cosas en las tres. Las capitanías son como el cielo y el infierno. En una son amables , intentan ayudar y resuelven los expedientes muy bien y rápidamente. A mi la baja de bandera española me la hicieron de forma admirable.
La otra pues ... diria un exabrupto ... superan con nota todos los malos tópicos sobre el peor funcionariado que existe. Y en la DGMM central.. pues lo que yo traté, despiste morrocotudo en los dos funcionarios/as que me permitieron hacerme con una LEB oficial con papelitos generados por mi. Duró poco ese tramite.
Y en la capitanía amable y eficaz, uno de sus responsables me dijo "yo de ti no lo haría" y te recomiendan que no intentes registrarte como español, porque ellos ven las dificultades del ciudadano de a pie, pues ...
El problema es que lo que leas en las paginitas web centrales que mencionas quien lo hace verdad son las capitanías y hoy en día lo vigente es el real decreto de 2010 que dice textualmente
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Si la embarcación carece de Marcado CE, pero procede de otro registro de la Unión Europea, puede presentar en vez de la Declaración UE de Conformidad una de las opciones siguientes:
- Certificado de inspección de buques anterior al 2 de junio de 1992 expedido por la Dirección General de la Marina Mercante.
- Certificado de homologación expedido por la Dirección General de la Marina Mercante.
- Certificado de construcción por unidades expedido por la Dirección General de la Marina Mercante.
- Proyecto elaborado y firmado por técnico titulado competente, en el que a juicio de la Administración marítima se demuestre que la embarcación cumple con lo establecido en la Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril, por la que se regulan los equipos de seguridad, salvamento, contra incendios, navegación y prevención de vertidos por aguas sucias, que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo, y, en la medida de lo posible, con las normas UNE armonizadas que se incluyen en el listado del Anexo VIII del citado Real Decreto 1435/2010. En este caso debe justificarse documentalmente que la embarcación se encontraba ya comercializada en la UE antes del 16 de junio de 1998.
Y te dicen en Capìtanía (en la amable claro) que eso del número de homologación no se está aceptando siempre porque este barco nunca fue español. Pues como no tengo vocación de quijote y en ese momento lo de la holandesa me daba menos trabajo, pues ahí estamos. Si la DGMM me confirma de forma inequívoca que me aceptan el número de homologación (que conseguí gracias a un ilustre cofrade), yo le pido la bandera española, para lo que hago me da igual. Pero como la DGMM nunca ha dado ninguna confirmación y todo es opaco y tendente a tener que acabar en el ingeniero que te haga el proyecto... pues a correr.
Bien ya he soltado el ladrillo de las 19 h.